Misión
La Personería Municipal de Donmatias tiene como misión primordial la defensa de las intereses del Municipio y en general de la comunidad, razón por la cual le corresponde la protección, la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés de la comunidad y la vigilancia de las conductas oficial de los servidores públicos. Atiende, apoya y gestiona en forma permanente y personalizada los requerimientos de la población, cumpliendo los postulados y principios administrativos, tendiendo siempre a mejorar.
Visión
La Personería Municipal de Donmatías deberá ser reconocida en los años subsiguientes como una institución líder, por su incansable trabajo en la protección, la guarda y promoción de los derechos humanos, la vigilancia de la conducta oficial y la protección del interés público. Su gestión es realizada con escaso pero competente personal, bajo los parámetros especiales de un plan estratégico y obedeciendo lineamientos supremos de constitución y la Ley.
Funcionaria:
Olga Lucía Lopera Álvarez
Hoja de
vida
Trayectoria
en el sector público
Secretaria
de Gobierno Municipio de Donmatías, 1996.
Jefe de
persona Municipio Donmatías, 1998.
Secretaria
de Gobierno Municipio Girardota, 1999-2000.
Personera
Municipio Donmatías 2005-2008.
Provisional
Universitaria, Oficina de Contratación en Secretaría de Infraestructura Física
de la Gobernación de Antioquia, 2008-2015.
Trayectoria
en el sector privado
Abogada
Litigante, 2000-2005.
Estudios
realizados:
Derecho,
Universidad de Medellín.
Especialización
en Derecho Administrativo, Universidad de Medellín.
Diplomado
en Derecho Disciplinario, Universidad de Medellín
Diplomado
Nuevos Sistema Penal Acusatorio, Procuraduría General de la Nación.
Seminario
Ley 715 de 2001, Contraloría General de la Nación.
Capacitación
en contratación estatal, supervisión e interventoría, Instituto Universitario
ITM.
Seminario
Políticas y Procedimientos de Adquisiciones y Desembolsos en Operaciones. Banco
Interamericano de Desarrollo.
Seminario
Ley 54 de 1990 y Ley 25 del 1992, Universidad de Medellín.
Información
de contacto
Dirección:
Carrera 30 N° 2-59
Correo
electrónico: personeria@donmatias-antioquia-gov.co
Teléfono: (+57)
(4) 8663243 Ext. 129
Fax: (+57)
(4) 8663707
Horario
atención al público:
Lunes a
Viernes 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 5:00 p.m. Sábados 7:30 a.m. a
11:30 a.m.
Personera
Municipal - Fecha de Posesión: 1 marzo de 2016
Funciones
Constitucionales
En el
Artículo 178 de la Constitución Pública de Colombia indica que El Personero ejercerá
en el municipio, bajo la dirección suprema del Procurador General de la Nación,
las funciones de Ministerio Público, además de las que determinen la
Constitución, la Ley, los Acuerdos y las siguientes:
Vigilar el
cumplimiento de la Constitución, las leyes, las ordenanzas, las decisiones
judiciales y los actos administrativos, promoviendo las acciones a que hubiere
lugar, en especial las previstas en el artículo 87 de la Constitución.
- Defender
los intereses de la sociedad.
- Vigilar el
ejercicio eficiente y diligente de las funciones administrativas municipales.
- Ejercer
vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas
municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria respecto de los
servidores públicos municipales; adelantar las investigaciones correspondientes
acogiéndose a los procedimientos establecidos para tal fin por la Procuraduría
General de la Nación, bajo la supervigilancia de los procuradores provinciales
a los cuales deberán informar de las investigaciones. Las apelaciones contra
las decisiones del personero en ejercicio de la función disciplinaria, serán
competencia de los procuradores departamentales.
- Intervenir
eventualmente y por delegación del Procurador General de la Nación en los
procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas cuando sea
necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los
derechos y garantías fundamentales.
- Intervenir
en los procesos civiles y penales en la forma prevista por las respectivas
disposiciones procedimentales.
- Intervenir
en los procesos de policía, cuando lo considere conveniente o cuando lo
solicite el contraventor o el perjudicado con la contravención.
- Velar por
la efectividad del derecho de petición con arreglo a la ley.
- Rendir
anualmente informe de su gestión al Concejo.
- Exigir a
los funcionarios públicos municipales la información necesaria y oportuna para
el cumplimiento de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva alguna,
salvo la excepción prevista por la Constitución o la ley.
- Presentar
al Concejo proyectos de acuerdo sobre materia de su competencia.
- Nombrar y
remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y empleados de su
dependencia.
- Defender el
patrimonio público interponiendo las acciones judiciales y administrativas
pertinentes.
- Interponer
la acción popular para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por
el hecho punible, cuando se afecten intereses de la comunidad, constituyéndose
como parte del proceso penal o ante la jurisdicción civil.
- Divulgar
los derechos humanos y orientar e instruir a los habitantes del municipio en el
ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de
carácter privado.
- Cooperar en
el desarrollo de las políticas y orientaciones propuestas por el Defensor del
Pueblo en el territorio municipal.
- Interponer
por delegación del Defensor del Pueblo las acciones de tutela en nombre de
cualquier persona que lo solicite o se encuentre en situación de indefensión.
- Defender
los intereses colectivos en especial el ambiente, interponiendo e interviniendo
en las acciones judiciales, populares, de cumplimiento y gubernativas que sean
procedentes ante las autoridades. El poder disciplinario del personero no se
ejercerá respecto del alcalde, de los concejales y del contralor.
¿Qué hacer
para comunicar una irregularidad?
Dirigirse a
la Personería personalmente, o por teléfono en el (+57) (4) 866 60 07 , también lo puede
hacer a través de la página web o por correo electrónico: personeria@donmatias-antioquia.gov.co
Resolución 10 del 13 de abril de 2020Resolución 12 del 13 de julio de 2020
Información
de contacto
Teléfono:(+57)
(4) 866 60 07
Fax: (+57)
(4) 866 60 07
Dirección:
Carrera 30 N° 29-59
Correo
Electrónico: personeria@donmatias-antioquia.gov.co
Horario de Atención:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.